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Seguro Vida Ley: obligatorio desde el primer día de trabajo. Qué debe saber el empleador

Por José Antonio Ampuero Pérez, Corredor de Seguros (Reg. SBS N.º N3474) · Publicado el

En resumen: El DU 044-2019 y el DS 009-2020-TR hicieron obligatorio el Seguro Vida Ley desde el inicio de la relación laboral para los trabajadores del sector privado, cualquiera sea su régimen o modalidad de contrato.

¿Desde cuándo es obligatorio?

Antes, el Seguro Vida Ley se exigía recién cuando el trabajador cumplía cuatro años de servicio. El Decreto de Urgencia 044-2019 cambió esa regla y el DS 009-2020-TR la reglamentó: desde el 12 de febrero de 2020 es obligatorio contratarlo desde el primer día de labores (El Peruano).

¿A quién protege?

Según el artículo 2 del DS 009-2020-TR, a:

  • Los trabajadores del sector privado, "independientemente del régimen laboral y modalidad contractual al que se sujeten".
  • Los trabajadores de entidades y empresas del sector público bajo el régimen del DL 728.

¿Qué cubre?

Desde el 1 de enero de 2021, para todos los trabajadores (DS 009-2020-TR, art. 3):

  • Fallecimiento natural.
  • Fallecimiento a consecuencia de un accidente.
  • Invalidez total y permanente originada por accidente.

Según El Peruano, la aseguradora paga a los beneficiarios declarados un importe equivalente a 16 remuneraciones asegurables (fallecimiento natural) o 32 (por accidente o invalidez).

¿Qué pasa si el trabajador cesa?

Por el artículo 18 del DL 688, modificado por la Ley 29549, el extrabajador puede pedir a la aseguradora, por escrito y dentro de los 30 días calendario siguientes al cese, mantener su seguro de vida pagando él la prima.

¿Existe un registro de estas pólizas?

Sí. La Ley 29549 creó el Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley, a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Lista para el empleador

  1. Contrate la póliza antes de que su primer trabajador empiece a laborar.
  2. Comunique a la aseguradora cada alta y baja de planilla.
  3. Mantenga actualizada la declaración de beneficiarios de cada trabajador.
  4. Revise la póliza en cada renovación.

¿Qué aporta un corredor de seguros?

Con la relación de trabajadores y remuneraciones, el corredor solicita propuestas a las principales aseguradoras, explica las diferencias, gestiona la emisión y acompaña los movimientos mensuales de planilla. Ver Seguro Vida Ley.

Fuentes

Solicitar una propuesta

José Antonio Ampuero Pérez analiza los riesgos y obligaciones de su empresa y presenta propuestas comparadas de las principales aseguradoras del mercado peruano.

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